La anulación del Certificado al Proveedor deberá reportarse a la DIAN
En el evento que no se efectúe la anulación del Certificado al Proveedor y se haga uso en la correspondiente declaración bimestral de IVA, corresponderá a la Sociedad de Comercialización Internacional responder ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por la devolución de los beneficios fiscales en los términos del artículo 5 de la…
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