Se podrá probar que una persona es socio en una entidad por medio del libro de accionistas
Según el artículo 195 del Código de Comercio, las sociedades por acciones llevarán un libro debidamente registrado, para inscribir las acciones, donde igualmente se anotarán, los títulos expedidos, con indicación del número y fecha de inscripción, la enajenación o traspaso de acciones, embargos y demandas judiciales, las prendas y demás gravámenes o limitaciones del dominio.…
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