Los gastos no pueden ser considerados a futuro dice el CTCP
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTPC) dejó claro a través del Concepto 652 que un gasto solo se puede reconocer cuando cumple con la definición propia para este. Fundamentalmente dice que no hay lugar a reconocimiento en la información financiera cuando los decrementos no son del periodo en el que se informa, así como tampoco es acertado reconocer una provisión para futuras adquisiciones, ya que no cumple con el requisito de obligación presente. El CTCP indicó de qué manera se podría actuar en este caso: “Si lo que se quiere es destinar los fondos para la adquisición posterior, lo aconsejable sería constituir una reserva con destinación específica, apropiándola de las utilidades y en el momento de su adquisición reconocer el activo intangible, si se cumplen los criterios de reconocimiento, y liberar la reserva para que quede a disposición del máximo órgano social”.
Concepto 652 / 19-08-2016 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Fuente: Redacción INCP