La declaración y pago bimestral de impuestos constituirá el periodo gravable

La declaración y pago bimestral de impuestos constituirá el periodo gravable

La declaración y pago bimestral para aquellos responsables del impuesto como grandes contribuyentes y todas aquellas personas naturales y jurídicas cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior sean iguales o superiores a 92.000 UVT, estará constituida como el periodo gravable para el pago de la obligación.

 [cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-17392-dian.pdf» color=»#47AFFF»]Concepto 17392 (100208221 000768) / 11-06-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]

 Tomado de: Notinet

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