Beneficio de la condición especial de pago será aplicable a ciertas declaraciones
Las declaraciones de retención en la fuente que se presentaron en enero de 2015, no pueden optar por el beneficio de la Condición Especial de Pago, toda vez que a la fecha que exige la norma, no se había configurado la ineficacia en los referidos periodos gravables.
Concepto 27199 (100202208 0915) / 17-09-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Tomado de: Notinet