Sólo podrán presentarse documentos físicos de la mercancía que realmente se transporten

Sólo podrán presentarse documentos físicos de la mercancía que realmente se transporten

reglamentacionNo puede la autoridad aduanera admitir documentos físicos de transporte que presenten los transportadores amparando mercancía diferente a la físicamente presentada, sin verificar que tal circunstancias obedezcan a razones debidamente justificadas con los documentos soporte de la operación comercial.

Concepto 23044 (100208221 001109) /14-08-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

 

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 Tomado de: Notinet

 

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