La exención del impuesto sobre las ventas definida por el Decreto Ley 1770 de 2015 también aplica a compradores fuera de la zona de emergencia económica
Debido a la emergencia económica decretada por el Estado colombiano, generada por la situación fronteriza con Venezuela, se implementó el incentivo de exención en el impuesto sobre las ventas a los municipios descritos en el Decreto 1770 de 2015, y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales aclara que si el comprador de un bien o producto que esté fuera de dichos municipios, efectúa la compra al vendedor ubicado en la zona de emergencia económica y el bien se encuentra ubicado allí, gozará de la exención del impuesto sobre las ventas, lo anterior se justifica en el hecho de que la norma no especifica que la mercancía deba tener como destino exclusivo uno de los municipios de la zona de emergencia.
Concepto 37110 (100202208 1371) / 30-12-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Tomado de: Notinet