Las sucursales de sociedades extranjeras hacen parte de un proceso
La Superintendencia de Industria y Comercio emitió un concepto acerca de la capacidad de las sucursales de sociedades extrajeras para hacer parte en un proceso, y resalta que según los artículos 47 y 14 del Código de Comercio, artículo 53 del Código General del Proceso y 48 del Código de Procedimiento civil, cuando alguna persona extranjera de naturaleza privada actúe por medio de una sucursal, se entiende que el representante de dicha sucursal está autorizado para responder a las reclamaciones y demandas que se intenten en contra de la casa matriz con motivo de los actos en cuestión.
Tomado de: Notinet