Sociedades que en un periodo de 5 años no renueven la matrícula mercantil se entenderán disueltas
Las sociedades comerciales y demás personas jurídicas que hayan incumplido la obligación de renovar la matrícula mercantil o el registro, según sea el caso, en los últimos cinco años, quedarán disueltas y en estado de liquidación. Cualquier persona que demuestre interés legítimo podrá solicitar a la Superintendencia de Sociedades o a la autoridad competente que designe un liquidador para tal efecto.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto911.pdf» color=»#47AFFF»]Concepto 220 148628 / 04-11-2015 / Superintendencia de Sociedades[/cryout-button-color]
Fuente: Tomado de Notinet