Conservación de software
No hay una norma específica que hable del tiempo de duración legal de un software, pero sí hay normas que requieren un tiempo específico de conservación de libros y papeles del comerciante, que es de diez (10) años, contados a partir del último registro asentado en libros, y en todo caso se pide que después de este tiempo los libros y papeles se deben conservar en algún medio que garantice su reproducción exacta.
Por lo tanto, las compañías deben analizar si al desechar el software en referencia, se puede garantizar la reproducción exacta de la información que de este se desprende, pasados los 10 años que requiere la norma de conservación de documentos y libros.
Fuente: INCP – CTCP