¿Quién es el encargado de definir el proceso disciplinario en la empresa privada?
Frente al proceso disciplinario dentro de la empresa privada se entiende que el empleador tiene libertad de consagración en dicho Reglamento al establecer que la misma persona quien participe en la diligencia de descargos sea la que imponga la sanción disciplinaria en primera instancia; pero no podría ser una persona ajena a la empresa, que no sea el jerárquico superior de la persona de primera instancia, quien decida la segunda, pues el principio de la doble instancia constitucional tiene su fundamento en la jerarquía que sobre el trabajador de primera instancia tiene el segundo, por ello no podría hablarse de una persona ajena en jerarquía al de primera instancia y es la razón por la cual, no podría ser un externo a la empresa quien decida la segunda instancia en materia disciplinaria.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-168688.pdf» color=»#00aeef»] Concepto 168688 / 08-09-2015 / Ministerio de Trabajo[/cryout-button-color]
Tomado de: Notinet