Procedimiento para convertir información financiera elaborada en la moneda funcional según las NIIF
La moneda funcional, para una empresa, y según señala el CTPC, es la moneda del entorno económico primordial en el que se mueve la organización. Cuando los entes de control y vigilancia requieren reportes o pagos de impuestos, estos informes requieren ser elaborados bajo la moneda de presentación, es decir, siendo un caso particular en Colombia, la moneda es el peso. Por lo tanto, si la moneda funcional es diferente de la moneda de presentación, es completamente necesario que se haga una conversión de la información financiera. En el momento de deber hacer este proceso, es necesario tener en cuenta que el párrafo 39 de la NIC 21, presenta paso a paso la forma de realizar este procedimiento.
Redacción INCP a partir de artículo publicado por CTCP
Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “Información financiera elaborada en la moneda funcional bajo NIIF” de la fuente CTCP.
Información financiera elaborada en la moneda funcional bajo NIIF
El CTCP señala que la moneda funcional es la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad, existen algunas obligaciones legales como el pago de impuestos y los reportes requeridos por los entes de vigilancia y control que deben ser informados en la moneda de presentación que en el caso colombiano es el peso, por ende, se debe convertir la información financiera elaborada en la moneda funcional a la moneda de presentación para dar cumplimiento a los diferentes requerimientos legales del país.
La utilización de una moneda de presentación diferente de la moneda funcional requiere el siguiente procedimiento según el párrafo 39 de la NIC 21:
- “Las activos y pasivos de cada uno de las estados de situación financiera presentados (es decir, incluyendo las cifras comparativas), se convertirán a la tasa de cambio de la fecha del correspondiente estado de situación financiera;
- los ingresos y gastos de cada caso que presente el resultado del otro resultado integral (es decir, incluyendo cifras comparativas), se convertirán a las tasas de cambio de la fecha de las transacciones; y
- todas las diferencias de cambio resultante se reconocerán en otro resultado integral.”
Dado que la moneda funcional de una empresa Colombiana sea el dólar, no es necesario reconstruir la contabilidad. Sin embargo, por razones de tipo legal, tal como ya se indicó, es recomendable que la contabilidad se lleve por la opción de monedas múltiples para que quede el registro en moneda local.
Finalmente, en opinión del CTCP, las partidas correspondientes al patrimonio deben convertirse a tasa histórica.
[cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-808.pdf» color=»#00aeef»]Concepto 808 / 11-11-2015 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública[/cryout-button-color]
Fuente: CTCP