Contaduría General de la Nación publica instructivo para el cambio contable del 2015 – 2016

Contaduría General de la Nación publica instructivo para el cambio contable del 2015 – 2016

contaduria generalPara el periodo de transición del año 2015 al 2016, la Contaduría General de la Nación ha hecho públicas algunas instrucciones aplicables a empresas que están regidas bajo la Resolución 743 de 2014 (la cual está modificada por las resoluciones 598 de 2014, 509 de 2015 y 576 de 2015). Teniendo en cuenta que el instructivo no menciona la aplicación de ciertos aspectos, esto no significa que no sean aplicables para las entidades que deben seguir este instructivo para el año 2016.

 Redacción INCP a partir de artículo publicado por Contaduría General de la Nación

 Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2015-2016” de la fuente Contaduría General de la Nación.

 Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2015 – 2016

 Con el propósito de que las actividades relacionadas con el cierre contable incluyan procedimientos referidos al debido reconocimiento de los bienes, derechos, obligaciones, ingresos, gastos y costos en el periodo contable correspondiente al año 2015; que los estados contables reflejen razonablemente los saldos al corte del 31 de diciembre y se preparen los saldos de inicio del año 2016; así como que se tengan en cuenta otros aspectos contables, administrativos y operativos relativos a la rendición de la información y al proceso contable, este despacho imparte las instrucciones generales que deben seguir las entidades contables públicas, sin que ello las exonere de la aplicación de aquellos aspectos que no sean abordados en el presente instructivo y que se deriven de la correcta y completa aplicación del Régimen de Contabilidad Pública (RCP), así como del cumplimiento de la Resolución 357 de 2008.

 Las instrucciones impartidas aplican a las empresas que se encuentran bajo el ámbito de la Resolución 743 de 2013 (modificada por las resoluciones 598 de 2014, 509 de 2015 y 576 de 2015), siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en el marco normativo anexo al Decreto 2784 de 2012 y sus modificaciones ni las políticas contables definidas por la entidad. Lo anterior, en razón a que el año 2015 es el primer periodo de aplicación de dicho marco normativo para estas entidades.

Instructivo 003 / 09-12-2015 / Contaduría General de la Nación

 

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Fuente: Contaduría General de la Nación

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