Régimen contable para propiedades horizontales
Los conjuntos residenciales organizados bajo el régimen de Propiedad Horizontal (Ley 675 de 2001), en el caso de que se encuentren obligados a llevar registros contables de acuerdo a los principios generalmente aceptados en Colombia, deben someterse al cumplimiento de la Ley 1314 de 2009 y hacer la transición de normas contables colombianas a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), dentro de los plazos establecidos por la anterior norma.
Concepto 5 / 02-02-2016 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Tomado de: Notinet