Nuevo proyecto de decreto para medir las micro, pequeñas y medianas empresas
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó el proyecto de Decreto “Por el cual se adiciona un capítulo al título 1, de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Sector Comercio, Industria y Turismo”. Este establecerá los nuevos límites entre una microempresa, una pequeña empresa y una mediana empresa. La diferenciación clave se hará a partir de tres sectores: manufacturero, de servicios y de comercio; aquellas que no entren dentro de estos campos, se ceñirán a lo establecido para el sector manufacturero. El criterio de clasificación se basa exclusivamente en los ingresos por actividades ordinarias anuales de las empresas; microempresas hasta 1.000 salarios mínimos legales, las pequeñas desde 1.000 hasta 8.700 y las medianas a partir de 8.700 hasta 73.700 salarios mínimos. El tiempo para comentar este decreto vence hoy.
Redacción INCP
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Cordial saludo,
Importante que el Ministerio de Comercio, industria y Turismo, amplíe o aclare, si éste decreto tendrá incidencia en especial para el Grupo 3 de NIF y parte del umbral bajo del Grupo 2 de NIIF; con respecto al grupo 3 se tienen unas pautas dadas por el decreto 3019 de 2013, el cual hace referencia a tres aspectos que se deben dar (No empleados, Total de activos e ingresos hasta los 6.000 SMLV. Si ambos decretos son de Mincomercio, debe haber mayor claridad en el alcance del presente proyecto de clasificación en lo financiero-contable, tributario, entre otros. Desde que nace la Ley 590 del 2000, el art 2 de ésta Ley ha tenido tres versiones (años 2004, 2007 y 2011). Igual un proyecto no podría derogar una ley. No soy abogado, excusan alguna imprecisión.