Al ejecutar actos mercantiles las federaciones sin ánimo de lucro deben aplicar las normas del CC

Al ejecutar actos mercantiles las federaciones sin ánimo de lucro deben aplicar las normas del CC

tratoEn base al artículo 21, 22 y 23 del Código de Comercio (C. CO.) y a conceptos de la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando una de las partes involucradas en una transacción realice actividades mercantiles, deberá regirse por la legislación del C. CO. Esto aplica para entidades con o sin ánimo de lucro e implica, de acuerdo con el Decreto 2685, llevar un libro diario de las operaciones comerciales realizadas.

Concepto 22366 / 07-10-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Redacción INCP

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