Aquí está el interés bancario para los créditos de consumo y ordinario, microcréditos y consumo de bajo monto
La Superintendencia Financiera de Colombia certificó el Interés Bancario Corriente para tres modalidades de crédito: el interés correspondiente a crédito de consumo y ordinario, en el periodo del 1º de octubre al 31 de diciembre 2016, quedó en 21,99% con una tasa de usura de 32,99%; para la modalidad de microcrédito, en el periodo 1º de octubre al 30 de septiembre, el interés es de 36,73% y la tasa de usura de 55,10%; finalmente, para la modalidad de consumo de bajo monto, el interés es de 35,47% y la tasa de usura quedó en 53,21%, en el periodo del 1º de octubre al 30 de septiembre. Todos los porcentajes tuvieron aumento.
Redacción INCP a partir del artículo publicado por la Superintendencia Financiera de Colombia
Para mayor información, puede revisar el artículo titulado “Certificación del interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, microcrédito y consumo de bajo monto” de la fuente Superintendencia Financiera de Colombia
Certificación del interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, microcrédito y consumo de bajo monto
La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 29 de septiembre la Resolución No. 1233 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes períodos y modalidades de crédito:
- Consumo y Ordinario: entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2016.
- Microcrédito: entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017.
- Consumo de Bajo Monto: entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017.
Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 21.99%, lo cual representa un aumento de 65 puntos básicos (0.65%) en relación con la anterior certificación (21.34%).
Se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 36.73%, lo cual representa un aumento de 131 puntos básicos (1.31%) en relación con la anterior certificación (35.42%).
Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto en 35.47%, lo cual representa un aumento de 70 puntos básicos (0.70%) en relación con la anterior certificación (34.77%).
Interés remuneratorio y de mora
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, 32.99% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, 55.10% efectivo anual para la modalidad de microcrédito y 53.21% para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto.
Usura
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.
Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 32.99% efectivo anual, resultado que representa un aumento de 98 puntos básicos (0.98%) con respecto al periodo anterior.
Para la modalidad de microcrédito es de 55.10% efectivo anual, un aumento de 197 puntos básicos (1.97%) con respecto al periodo anterior.
En la modalidad de consumo de bajo monto se sitúa en 53.21%, es decir, un aumento de 105 puntos básicos (1.05%) con respecto al periodo anterior.
Fuente: Superintendencia Financiera de Colombia