¿Cómo se deben efectuar las cotizaciones en un contrato por prestación de servicios con una persona jurídica?
Cuando se celebre un contrato de prestación de servicios y el mismo sea suscrito como persona jurídica, el pago de los aportes a la seguridad social, deberá acreditarse respecto de los trabajadores vinculados laboralmente por la empresa, no siendo viable por ello que se exija acreditar el pago de aportes sobre el 40% del valor de la mensualidad del contrato. No obstante, si el contrato aludido fue celebrado como persona natural, quien suscribió el contrato deberá acreditar el pago de los aportes propios a la seguridad social con la base prevista en el artículo 18 de la Ley 1122 de 2007, evento en el que también deberá demostrarse, el pago de los aportes a la seguridad social de los trabajadores que haya vinculado laboralmente.
Tomado de: Notinet