El empleado tiene derecho a disfrutar los días interrumpidos por una incapacidad durante sus vacaciones
Cuando el empleador concede las vacaciones, deberá remunerar todo el tiempo que duren las mismas con el salario que esté devengando el trabajador al momento de iniciar su disfrute y si este descanso es interrumpido por una incapacidad, el trabajador posteriormente tendrá derecho a disfrutar los días hábiles faltantes, ya que como se indicó los domingos y festivos son días de descanso remunerado señalados por la legislación laboral.
Tomado de: Notinet