Correr en debida forma la declaración tributaria estima la pertinencia de la terminación del proceso por mutuo acuerdo
Si el contribuyente corrió en debida forma su declaración tributaria, reintegra todos los valores que se habían imputado de manera improcedente y cumple con los demás requisitos de la Ley 1739 de 2014 y el Decreto 1123 de 2015, podrá acceder al beneficio relacionado con la terminación del proceso tributario por mutuo acuerdo.
Concepto 31287 (100208221 001396) / 23-10-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Tomado de: Notinet