Así se deben reconocer contablemente los salarios en especie
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto No. 0057 de 2024, en el cual absolvió la siguiente consulta acerca del reconocimiento contable del salario en especie en las Pymes:
¿Cuál debería ser el manejo contable de una empleada doméstica que recibe el 30 % de su salario en especie, se debería reconocer el gasto por el salario mínimo y luego reversar el gasto o solo se debería reconocer el 70%?
El CTCP recordó que, de acuerdo con la sección 28 de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para Pymes), una entidad reconocerá el costo de todos los beneficios a los cuales tengan derecho los empleados como resultado de los servicios prestados durante el periodo sobre el que se informa. Además, resaltó que dentro de estos beneficios se encuentran los beneficios no monetarios (tales como asistencia médica, alojamiento, automóviles, y entrega de bienes y servicios gratuitos o subvencionados).
Dado lo anterior, los pagos de salario en especie deben ser reconocidos como gastos de personal (beneficios a empleados), en los resultados del periodo sobre el que se informa, por el valor de la contraprestación pactada y permitida por ley.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Concepto No. 0057 de 2024 – CTCP
Redacción INCP