Etapa de transición en la aplicación del nuevo estatuto aduanero

Etapa de transición en la aplicación del nuevo estatuto aduanero

aduana1Hay una serie de artículos del Decreto 390 de 2016 que solo entrarán en vigencia una vez sea realizada la reglamentación de los mismos, por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de manera que es necesario analizar si los procedimientos administrativos adelantados por la autoridad competente, al momento de entrar en una nueva etapa procesal ya están en vigencia las nuevas normas aduaneras, ya que de no ser así se seguirá aplicando la legislación anterior.

Concepto 100208221 000442 / 26-05-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales 

Tomado de: Notinet

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