Condiciones para modificación del registro único tributario en las uniones temporales
El Decreto 2460 de 2013, que reglamentó el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, establece los requisitos para la formalización de la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), en el caso de Consorcios o Uniones Temporales se debe aportar copia del documento de constitución de dichos conglomerados, y debe contener el nombre de la figura jurídica, miembros que la conforman, domicilio principal, participación, representante legal y objeto del Consorcio o Unión Temporal; en el caso de actualizaciones del RUT se deben acreditar los mismos documentos exigidos en la inscripción.
Concepto 580 (100208221 00008) / 06-01-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Tomado de: Notinet