Condiciones para modificación del registro único tributario en las uniones temporales

Condiciones para modificación del registro único tributario en las uniones temporales

mejoramientoEl Decreto 2460 de 2013, que reglamentó el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, establece los requisitos para la formalización de la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), en el caso de Consorcios o Uniones Temporales se debe aportar copia del documento de constitución de dichos conglomerados, y debe contener el nombre de la figura jurídica, miembros que la conforman, domicilio principal, participación, representante legal y objeto del Consorcio o Unión Temporal; en el caso de actualizaciones del RUT se deben acreditar los mismos documentos exigidos en la inscripción.

 Concepto 580 (100208221 00008) / 06-01-2016 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Tomado de: Notinet

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